El Espinar, San Rafael, Los Ángeles de San Rafael La Estación de El Espinar, Gudillos y Prados
Buscar en nuestro sitio

CORTA "PUENTE NEGRO Y LADERA DE GIBRALTAR"

BANDO.

AUTORIZANDO EL APROVECHAMIENTO DE LEÑAS DE LA CORTA "PUENTE NEGRO Y LADERA DE GIBRALTAR", EN LOS MONTES DE LA GARGANTA.
------------------------------------------------------


Visto el informe emitido por la Guardería Municipal de Montes, así como otras normas aprobadas por la Corporación, a partir del próximo sábado día 9 de diciembre de 2017 se autoriza el aprovechamiento vecinal de leñas procedentes de la corta "Puente Negro Y Ladera de Gibraltar" en los montes de La Garganta.
La recogida de estas leñas se realizará en la forma tradicional y de costumbre, no pudiéndose comenzar la labor hasta las 8.30 de la mañana del día en que se dé la corta.
Las leñas acopiadas habrán de ser extraídas en las veinticuatro horas siguientes a su acumulación, no pudiendo quedar depositadas en el monte pasado este tiempo.
Serán respetados los productos maderables y cortas pendientes, así como acebales y otras especies arbóreas y animales que pueblan el monte.
Deberán ser acatadas en todo momento las instrucciones de la guardería forestal.
Lo que se hace público para general conocimiento.

El Espinar a 1 de diciembre de 2017.

LA ALCALDESA,

Bando del uso racional del agua

Bando del uso racional del agua

Dª Alicia Palomo Sebastián, Alcaldesa del M.I. Ayuntamiento de El Espinar

Hago saber:

Que dada la persistencia de la situación de alerta por sequía en la Cuenca del Duero declarada por la Cuenca Hidrográfica del Duero, y dada la alarmante escasez de reservas de agua embalsada en la presa del Tejo, al objeto de optimizar al máximo los recursos de agua, y para evitar situaciones extremas en las que no puedda garantizarse el suministro de la misma, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Art. 60 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, por el que se establece la prioridad en el uso del agua para abastecimiento urbano sobre cualquier otro uso,

SE PROHÍBE TOTALMENTE LA PRÁCTICA DE DEJAR CORRER UN HILO DE AGUA CON EL OBJETO DE EVITAR QUE LAS BAJAS TEMPERATURAS AFECTEN A LA INSTACLACIÓN, DEBIÉNDOSE ADOPTAR SOLUCIONES ALTERNATIVAS COMO AISLAR CORRECTAMENTE DICHA INSTALACIÓN Y EL EQUIPO DE MEDIDA, O EN CASO DE AUSENCIA PROLONGADA, CORTAR EL SUMINISTRO DE AGUA VACIANDO POR COMPLETO LA INSTALACIÓN INTERIOR DEL USUARIO.

SE RECUERDA QUE CONTINUAN PROHIBIDOS LOS SIGUIENTES USOS CON AGUA DE LA RED DE ABASTECIMIENTO, POR BANDO DE 19 DE SEPTIEMBRE:

  • RIEGO DE JARDINES
  • RIEGO DE HUERTOS, PISCINAS Y COMPLEJOS DEPORTIVOS
  • LAVADO DE VEHÍCULOS Y BALDEO DE ESPACIOS PRIVADOS Y PÚBLICOS

Los trabajos municipales se realizarán con agua no potable ni procedente de la red de abastecimiento.

Lo que se pone en conocimiento del público en general.

El Espinar a 30 de noviembre de 2017

LA ALCALDESA,

 

Bando comienzo de aprovechamiento de pastos en El Estepar y Cañada de Gudillos

DISPONIENDO EL COMIENZO DE LOS APROVECHAMIENTOS DE PASTOS POR LOS GANADOS DEL VECINDARIO "El Estepar" y "Cañada de Gudillos".

De conformidad con los informes emitidos por la Guardería, a partir del próximo día veinticinco de noviembre del año 2017, dará comienzo el aprovechamiento de pastos en los montes de "El Estepar" y "Cañada de Gudillos", en la forma tradicional y de costumbre.

Podrán llevar sus reses al pastoreo todos los vecinos de este municipio, con explotaciones ganaderas con calificación T 4 B 3 y ganado caballar. Para ello deberán cumplir los requisitos que a continuación se detallan:

  • Para solicitar la entrada a los pastos, es imprescindible presentar en registro, la correspondiente guía sanitaria.
  • Estar al corriente en el pago de los aprovechamientos de pastos de las fincas municipales sin lo cual no se le admitirá ni proveerá de la papeleta licencia para los aprovechamientos.
  • Quienes pretendan disfrutar del aprovechamiento de pastos, deberá solicitarlo al Ayuntamiento antes de la entrada de las reses a la finca.
  • En la solicitud se deberá presentar el censo ganadero (SIMOCYL) en caso de reses vacunas e identificación equina (DIE) o pasaporte equino en caso de reses caballares.
  • Hacer efectiva, previa a la entrada de las reses al predio, la cuota marcada por la Ordenanza.
  • El pago se realizará en la Depositaría municipal.
  • El ganado estará vacunado y en las condiciones sanitarias exigidas por la Sanidad Veterinaria.
  • Queda prohibida la entrada de sementales vacunos de raza no pura y cruzados, y sementales caballares.
  • Los ganaderos que realicen aportes de alimento al ganado, deberán solicitar a los Agentes Forestales el lugar deseado para esa actuación.

Cualquier infracción o incorrección cometida por el ganadero dará lugar a la prohibición del aprovechamiento durante el ciclo, sin perjuicio de aplicación con el mayor rigor de las sanciones pertinentes.

Estos aprovechamientos se rigen por las Ordenanzas municipales aprobadas en esta materia.

Lo que se pone en conocimiento del público en general.

El Espinar a 13 de noviembre de 2017.

LA ALCALDESA

Bando de pastos fincas Dehesa de la Garganta, Aguas Vertientes y El Baldío

Finalizando el aprovechamiento de pastos de las fincas municipales "Dehesa de la Garganta", "Aguas Vertientes" y El Baldío.

Siguiendo con el ciclo de aprovechamientos de pastos anual y porque las condiciones climatológicas así lo exigen, se procederá a cerrar al aprovechamiento de pastos las fincas municipales "Dehesa de la Garganta", "Aguas Vertientes" y "El Baldío" el próximo día 26 de noviembre del año en curso.

Pasado este plazo las reses que continúen en el aprovechamiento se cerrarán en los corrales municipales por los servicios de Guardería Municipal.

El Espinar a 13 de noviembre de 2017.

La Alcaldesa

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES CULTURALES O DE NATURALEZA ANÁLOGA

EL PLAZO PARA LA PRESENTACION DE SOLICITUDES ES DE 15 DÍAS A PARTIR DE LA PUBLICACIÓN DE ESTE ANUNCIO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Bando de matanza de 2017

Bando.


Se pone en conocimiento de todos los vecinos de esa localidad que quieran sacrificar cerdos para autoconsumo que el periodo para realizar las matanzas domiciliarias es el comprendido entre el último viernes del mes de octubre de 2017 y el primer domingo del mes de abril de 2018 según la Orden de 25 de septiembre de 2000 de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social (B.O.C. Y L. Nº 192 DE 3 de octubre de 2000).

El análisis micrográfico para la determinación de las TRIQUINAS en los cerdos sacrificados y jabalíes cazados será realizado por el Veterinario Colaborador Dª Julia Moreno Guerrero, teléfono de contacto 630564538, previo pago de los honorarios que tenga establecidos.

Igualmente se pone en conocimiento del vecindario que la comercialización de piezas de caza sólo podrá hacerse a través de salas de tratamiento debidamente autorizadas por la Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentaria e inscritas en el Registro General Sanitario de Alimentos.

Todo vecino que lo desee podrá realizar, en días y horas de oficina, el análisis micrográfico de los cerdos y jabalíes en los Servicios Veterinarios oficiales de la Zona Básica de Salud, los cuales prestarán este servicio previo pago de la tasa en la cuenta nº ES33-2038-7597-5860-0018-3531 de Bankia, que por inspección de estos animales tiene estipulada la Junta de Castilla y León.

El Espinar a 24 de octubre de 2017

LA ALCALDESA,

Anuncio de aprobación definitiva del Reglamento de Protocolo

ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de El Espinar en sesión celebrada el día 25 de julio de 2017, sobre la modificación del Reglamento de Protocolo, Honores, Distinciones y Ceremonial del Ayuntamiento de El Espinar, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 196.2 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales:

REGLAMENTO DE PROTOCOLO, HONORES, DISTINCIONES Y CEREMONIAL DEL AYUNTAMIENTO DE EL ESPINAR.-

1.- La actual Disposición Adicional pasará a denominarse Disposición Adicional primera.
2.- A continuación de ella se insertará la siguiente Disposición Adicional segunda:
"Disposición Adicional segunda
La Banda de Música de El Espinar ha estado, desde su misma creación, indisolublemente unida al M.I. Ayuntamiento de El Espinar, pues inició su andadura en el año 1939, cuando una ayuda económica del Ayuntamiento permitió a sus primigenios integrantes adquirir sus uniformes y alguno de los instrumentos musicales empleados en su primer concierto, que tuvo lugar el día 30 de Abril de 1940, festividad de San Eutropio, patrón de El Espinar.
Al cumplirse los 75 años de su creación, el Pleno del M. I. Ayuntamiento de El Espinar, en sesión de 13 de noviembre de 2015, acordó conceder a la "Asociación músico-cultural Banda Municipal de Música de El Espinar" la Medalla municipal "Pino de Oro" para agradecer la gran labor de divulgación de la Música y la Cultura que dicha asociación ha llevado adelante durante su ejemplar trayectoria.
Con la finalidad de asegurar cara al futuro el compromiso del municipio con una asociación que está indisolublemente unida a las vivencias de muchos de sus vecinos y de la que todos ellos se sienten particularmente orgullosos y colaborar así a su mayor proyección pública, se adoptan las siguientes previsiones:
Primera.- Aun cuando la Banda de Música de El Espinar no forma parte de la estructura de los servicios municipales, el Ayuntamiento le confiere, en virtud de la presente disposición, la representación protocolaria del municipio en las actuaciones que fuera del mismo celebre.
Segunda.- El Ayuntamiento de El Espinar promoverá en sus programaciones culturales la difusión de la actividad de la Banda de Música de El Espinar, programando anualmente varios conciertos públicos de la misma en las fiestas patronales tradicionales de los distintos núcleos del municipio, concretando con la Asociación el calendario anual correspondiente, antes de que finalice el año anterior.
Con independencia de las actuaciones programadas, la Alcaldía podrá requerir la actuación de la Banda de Música de El Espinar en todos aquellos supuestos en los que entienda que resulta aconsejable, atendiendo a la importancia y al mayor realce del acto a realizar, así como a las conveniencias o exigencias protocolarias de su desarrollo.
Tercera.- El Ayuntamiento de El Espinar, en la medida de sus disponibilidades presupuestarias, dotará anualmente una partida en el Presupuesto municipal anual para la concesión de subvenciones para actividades musicales a la que puedan acogerse los integrantes de la Banda de Música de El Espinar para desarrollar sus aptitudes musicales y mejorar su destreza en el manejo de los instrumentos.
Cuarta.- El Ayuntamiento de El Espinar promoverá la difusión de las enseñanzas musicales a través de la Escuela municipal de Música, cuyo Director ejercerá al mismo tiempo como Director de la Banda de Música de El Espinar, salvo que se considere conveniente disociar ambas responsabilidades."

El Espinar a 20 de octubre de 2017.

LA ALCALDESA,

Bando de cortas Los Reajos.

AUTORIZANDO EL APROVECHAMIENTO DE LEÑAS DE LA CORTA "CAÑADA DE LOS REAJOS", EN LOS MONTES DE AGUAS VERTIENTES.
------------------------------------------------------


Visto el informe emitido por la Guardería Municipal de Montes, así como otras normas aprobadas por la Corporación, a partir del próximo domingo día 29 de octubre se autoriza el aprovechamiento vecinal de leñas procedentes de la corta "Cañada de los Reajos" en los montes de Aguas Vertientes, monte 138, Sección 1ª, Cuartel B, Rodales 14, 15, 16, 22 y 23.
La recogida de estas leñas se realizará en la forma tradicional y de costumbre, no pudiéndose comenzar la labor hasta las ocho treinta de la mañana del día en que se dé la corta y finalizando la misma el día 12 de noviembre de 2017.
Las leñas acopiadas habrán de ser extraídas en las veinticuatro horas siguientes a su acumulación, no pudiendo quedar depositadas en el monte pasado este tiempo.
Serán respetados los productos maderables y cortas pendientes, así como acebales y otras especies arbóreas y animales que pueblan el monte.
Deberán ser acatadas en todo momento las instrucciones de la guardería forestal.
Lo que se hace público para general conocimiento.

El Espinar a 16 de octubre de 2017.

LA ALCALDESA,

 

 

Fdo. Alicia Palomo Sebastián.

NUEVO HORARIO DEL PUNTO LIMPIO

comienza la temporada baja en la recogida de restos vegetales y apertura del Punto Limpio, por lo que se establecen nuevas normas y horarios a partir de la semana del 16 de octubre:

Recogida de Setas 2017.

Bando.
De recogida de setas en los montes
de la Unidad de Gestión de Segovia.


Doña Alicia Palomo Sebastián, Alcaldesa del Muy Ilustre Ayuntamiento de la Villa de El Espinar.

HAGO SABER:

Que a partir del día 10 de octubre de 2017, se concederán permisos para recogida de setas y hongos durante la presente temporada, en todos los espacios pertenecientes a la Unidad de Gestión de los Montes de Segovia.

El lugar de recogida de los permisos será:
* De lunes a viernes de 8 a 9 horas: Edificio oficina municipal de Medio Ambiente, sita en C/ del Trozo nº 29 (El Espinar).
* De lunes a viernes de 9 a 12 horas: en el Ayuntamiento y en la Oficina Municipal de San Rafael.
* Para mayor facilidad, información y flexibilidad horaria, los referidos permisos SE PUEDEN OBTENER a través de la página web: http://www.micocyl.es/

La entrada con vehículos en el monte de La Garganta requiere de permiso adicional, facilitado por los Agentes Forestales.

Lo que se pone en conocimiento del público en general.

El Espinar a 9 de octubre de 2017.
LA ALCALDESA,

Compartir en Facebook
0