ANUNCIO
Mediante Decreto de la Alcaldía nº 65/2020.A), de 3 de abril, se dictaron las siguientes medidas, con el contenido que a continuación se transcribe:
PRIMERO.- Ampliar las medidas preventivas relativas a la limitación de la prestación de los servicios públicos municipales no esenciales establecidas mediante
Decreto de la Alcaldía nº 49/2020, de 11 de marzo, hasta la finalización del Estado de Alarma.
SEGUNDO.- Suspender la aprobación de liquidaciones referidas el período comprendido entre 15 de marzo de 2020 y hasta la finalización del Estado de
Alarma, de los siguientes precios públicos ante la interrupción de la prestación de los servicios públicos municipales indicados:
– Precio Público Escuelas Deportivas.
– Precio Público Polideportivos y edificios usos múltiples.
– Precio Público Centros culturales.
TERCERO.- Ordenar a la Tesorería Municipal que, una vez finalice el estado de alarma, efectúe la tramitación de la devolución de los ingresos indebidos o, en su
caso, durante dicho período, no generar la liquidación proporcional correspondiente de las tasas y precios públicos indicados, cuando la actividad administrativa no se preste o desarrolle. El importe de esta devolución lo será por la parte proporcional correspondiente a los días totales de suspensión de la actividad.
CUARTO.- Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre y publicar anuncio de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia,
en la página web municipal y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.
El Espinar, a 13 de abril de 2020
EL ALCALDE -PRESIDENTE,
Fdo.: Javier Figueredo Soto.
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